¿Es posible eliminar el CAE en Chile? ¿Qué hago con esta deuda millonaria que no me deja vivir? No se preocupen que hay soluciones reales y efectivas.
El CAE funciona como toda deuda y aunque algunos jueces no quieran aceptarlo, en Chile ya hay varios casos favorables y que han logrado prescribir el crédito o someterlo a la Ley de Quiebras. Atentos al siguiente artículo donde les explicaremos todo lo que deben saber sobre el tema.
Tabla de contenidos
¿Qué es el CAE?
Antes de entrar en el tema de las deudas, es importante saber un poco más del famoso Crédito con Aval del Estado. ¿Qué es y cómo funciona? Te lo explicamos a continuación.
El CAE es un crédito que otorgan los bancos a una persona con el fin de que pueda pagar parte o la totalidad de sus estudios.
Las principales diferencias que tiene este crédito con otros tipos de créditos son:
- El crédito puede ser utilizado sólo para pagar los estudios (para nada más)
- Tiene una tasa de interés más económica que los créditos de consumo o créditos hipotecarios
- Tiene reglas y beneficios especiales como por ejemplo la suspensión del pago si uno está cesante
- No se necesita un aval familiar o cercanos que respondan por el dinero prestado, aquí el aval es el estado de Chile
Ojo que con las cuatro características que mencionamos, NO estamos diciendo que sea un buen o mal crédito (no hay juicio de valor de nuestra parte), sólo lo estamos diferenciando de otro tipo de préstamos que existen en nuestro país.
¿Qué significa que el estado sea el aval del este crédito?
Significa que si la persona no le paga al banco por este crédito, el estado responderá por el monto adeudado y pagará lo que se debe.
Imaginemos que el Banco de Chile me prestó $20.000.000 para pagar mis estudios (me dio un crédito). Pasado 3 años de carrera me doy cuenta que no puedo pagar. ¿Qué ocurre ahí? ¿El banco pierde el dinero? No, el banco no es tonto, el banco presta el dinero porque sabe que si no le pagan, será el estado quien le devuelva la plata.
Si el estado es el aval, ¿no existen sanciones por no pagar el CAE?
Esta pregunta es clave. Si bien el estado es el aval del crédito, si tú no pagas el CAE se iniciará de igual forma un proceso de cobranza, aunque el estado ya le haya pagado a la institución.
Este proceso de cobranza lo realiza el banco (no el estado) y busca recuperar el dinero en manos de la persona que lo debe. Si logra recuperar el dinero, le devolverá la plata al estado y la deuda quedará saldada.
Tomemos el mismo ejemplo anterior. El Banco Santander me prestó $20.000.000 para pagar mis estudios de periodismo. El compromiso es que yo pague cuotas de $50.000 cada mes. A partir del segundo año dejo de pagar. ¿Qué ocurre ahí? El estado le devolverá el dinero prestado al banco, pero ¡ojo con esto! El banco de igual forma comenzará un proceso de cobranza para que le pagues. El banco hará todo lo posible por que tú pagues el dinero (cobranza telefónica, DICOM, embargo, etcétera), y si logra recuperar el préstamo, le devolverá al estado el dinero.
¿Cuánto me puedo atrasar en el pago?
Aquí los plazos son los mismos que en cualquier proceso de cobranza.
- Cobranza extrajudicial (sin demanda): si dejo de pagar y pasan aproximadamente 21 días, el banco comenzará a realizar llamadas telefónicas y a enviar cartas para que pagues tu deuda
- Cobranza judicial (con demanda): Si después de los 21 días anteriores pasan 90 días más (3 meses), entonces el banco ya no te llamará por teléfono, ahora te demandará para que le pagues. Una vez demandado comienzan las complicaciones (lo revisamos en el siguiente punto).
¿Qué pasa si no pago el CAE?
Ya sabemos cómo funciona este crédito (el dinero lo presta el banco y tu aval es el estado), ya sabemos cuánto te puedes atrasar en tus cuotas (21 días antes de pasar a la cobranza extrajudicial y 3 meses antes de pasar a la cobranza judicial), pero ¿qué sanciones arriesgo si no pago este crédito? Te las explicamos a continuación.
DICOM por CAE
La primera sanción es que entrarás en DICOM. ¿Cuándo ocurre esto? Después de 21 días sin pagar la deuda o cuota que debes. ¿Qué significa estar en DICOM? Significa que quedarás fuera del sistema financiero, no tendrás acceso a credito y tampoco podrás abrir una cuenta corriente.
Embargo por CAE
El segundo punto ocurrirá a los 90 días de atraso (si es que el banco decide demandarte). ¿Qué ocurrirá acá? Irá un receptor judicial y tomará nota de tus bienes y luego se llevarán tus cosas para rematarlas.
Retención de la devolución de impuestos
Por último, la Ley del CAE le da facultades al Estado para retener tu devolución de impuestos y usar ese monto para pagar parte de tu crédito aval del estado. Sobre este punto (retención de la devolución de impuestos), no te avisarán, simplemente no te devolverán el dinero que deberías recibir.
¿Cómo eliminar las deudas del CAE?
Llegamos al punto más importante de este artículo y por el que quizás muchos llegaron hasta aquí. ¿Se pueden eliminar las deudas del CAE? Primero recordemos cómo se extinguen las deudas en Chile. En nuestro país hay sólo 4 formas para que una deuda desaparezca:
- Lo primero sería pagando. Si pago mi deuda, la deuda desaparece, tan simple como eso.
- La segunda opción sería la prescripción. Si pasa un determinado tiempo sin que te demanden por una deuda (5 años), entonces por Ley esa deuda desaparecerá y no tendrás que pagar nada.
- El tercer punto sería repactar tu deuda. Si repactas, entonces la antigua deuda morirá y nacerá una nueva deuda en la que no estás moroso. Al desaparecer la antigua deuda, todas esas sanciones y castigos (DICOM, embargo y remate de bienes), también desaparecen.
- Lo último sería la Ley de Quiebras. Si me someto a la Ley de quiebras por una deuda, entonces mi deuda quedará saldada y no tendré nada, absolutamente nada que pagar.
Todo lo anterior suena bonito (es una realidad), pero lamentablemente el CAE no funciona bajo los mismos parámetros que otras deudas. ¿Qué quiere decir lo anterior? Que las alternativas antes mencionada no siempre son viables para que desaparezca la deuda del CAE.
¿Por qué el CAE funciona distinto a otras deudas?
¡Esta es una excelente pregunta! En Chile existe una Ley especial (Ley 20.027) que regula el CAE (el préstamo de este dinero para pagar lo estudios), y esta Ley establece reglas propias. ¿Qué dice esta Ley? Dice que las deudas del CAE se extinguen por muerte o por pago de la deuda.
¿Lo anterior significa que las otras causales no corren? ¡NO! Simplemente no las menciona, y los jueces han utilizado este argumento para decir que las otras causales para extinguir una deuda no corren.
¿Qué dicen los jueces? El argumento sería algo así:
Como la Ley no dice explícitamente que el Crédito con Aval del Estado se extingue por prescripción o por Ley de Quiebras, entonces no se puede eliminar la deuda de esta forma
¿Esto está bien? No, no está bien. Como decíamos, la Ley del CAE sólo omite las otras causales, pero estas siguen estando en el código civil, así que las resoluciones de los jueces se pueden apelar frente a la Corte Suprema (ya se ha hecho), y en muchas ocasiones los resultados son favorables (sí se extingue la deuda).
Prescripción de la deuda CAE
La Ley de nuestro código civil dice que TODA DEUDA se puede extinguir por prescripción. ¿Eso quiere decir que el CAE también prescribe? Sí, esto quiere decir que el CAE también prescribe.
¿Cuál es el problema entonces? Que la Ley del CAE (Ley 20.207) dice de forma explícita lo siguiente:
En cualquier caso, las cuotas impagas del deudor, sea por cesantía o cualquier otra causal, no prescribirán, debiendo el Estado proceder al cobro de las mismas hasta la total extinción de la deuda, utilizando para ello los mecanismos establecidos en el Título V.
¡Pero atentos! ¿Por qué? Porque si bien algunos jueces han rechazado la prescripción del CAE, la Corte Suprema (que está por sobre los jueces), ha fallado ya en varios casos a favor de la prescripción de las deudas del CAE, aun cuando los jueces no estén de acuerdo.
Ahora bien, aunque la Corte Suprema ha fallado a favor en varios casos de prescripción del CAE, esto NO significa que siempre será así. Esto marca un precedente para pelear por tu deuda, pero el resultado también podría ser rechazado.
Tras el rechazo de algunos jueces a eliminar la deuda por prescripción, muchos abogados han apelado antes la Corte Suprema y la Corte Suprema les ha dado el favor: han extinguido la deuda CAE después de 5 años por prescripción.
Queremos dejar las palabras de nuestro abogado, quien ha ganado varios casos de prescripción del CAE
Si bien la Ley del CAE señala sólo esas dos causales (muerte o pago de la deuda) para que ésta desaparezca, NO especifica que las otras causales no corran, sólo las omite. Sobre lo anterior, la regla general del Código Civil dice que TODA DEUDA se extingue por prescripción, y el CAE no es ni puede ser la excepción.
CAE y la Ley de Quiebras
Volvemos a lo mismo. La Ley de Quiebras es una Ley que permite a las personas hacer dos cosas:
- Liquidar sus bienes (ponerlos a disposición de las personas a quienes les debe) y con eso dar por pagada la deuda. Aquí no importa sin tengo un auto o si sólo tengo una televisión. Puedo tener casi nada (un Play Station por ejemplo), pero el juez dará por pagado todo lo que debo (aunque sean millones de pesos).
- La otra opción es juntar a todas las empresas a quienes les debes y renegociar el pago de tu deuda pero con condiciones favorables y posibles. Cuando uno repacta una deuda de forma independiente, las empresas ponen intereses y condiciones casi imposible para la persona. Bien, con la Ley de quiebras esto no es así. Las condiciones son favorables y reales (podrás pagar).
¿Qué tiene que ver todo esto con el Crédito con Aval del Estado? Ya entendimos las excelentes posibilidades que te da la Ley de Quiebras, pero… ¡Los jueces están haciendo lo mismo! Como la Ley del Cae dice que ésta se extingue sólo por muerte o por pago, dejan fuera también a la Ley de Quiebras (igual que la prescripción, punto explicado más arriba).
¿Qué hacer entonces? ¿Tengo alguna posibilidad? Sí, la tienes. Si bien muchas veces depende del juez que te toque o vea tu caso, en Chile ya hay varias sentencias favorables que han aprobado la Ley de Quiebras para tu Crédito con Aval del Estado y esto marca un precedente. No sólo eso, hay varios casos en los que apelando a la Corte Suprema, ésta ha rechazado la negativa de los jueces y lo ha aprobado.
¡La Ley de Quiebras es una solución real!
En definitiva ¿puedo eliminar mi deuda CAE?
Sí, la Ley así lo establece. El CAE funciona como cualquier otro tipo de deuda, y aunque los jueces están rechazando en muchos casos la prescripción de tu Crédito con Aval de Estado o están rechazando incluir tu deuda en la Ley de Quiebras, hay muchas posibilidades de apelar y ganar el caso.
Vladimir Bustos
Estimados
Podrían publicar Números de causas reales en las que se haya ganado o perdido el juicio por el CAE?
Vladimir Bustos
Otro cosa, los juicios por CAE no pueden caer en el abandono de procedimientos?
AdiosDeudasUsuario
Vladimir, gracias por tu acotación. Actualizaremos el artículo con los casos reales 🙂 Abrazo
Vladimir Bustos
Seria bueno saber los casos, para comprobar la factibilidad de que si sean ganados o perdidos. Lo otro, el abandono de procedimiento se puede aplicar en juicios por CAE?
Clro
¿Para ampararme bajo la ley de quiebra es necesario tener un abogado que me represente?
AdiosDeudasUsuario
Hola Clara 🙂 Gracias por tu pregunta. Sí, es necesario que te represente un abogado. Puedes leer más aquí > Ley 20720
Javier clemente
Hola, recién me acabo de enterar que estaban notificando mi domicilio anterior (2014). Como no vivo ahí desde 2014 creo que estoy inubicable. ¿Qué debo hacer? ¿O que trámite debería hacer? ¿Al no encontrarme no se hará efectivo el embargo y prescribirá la deuda?
AdiosDeudasUsuario
Javier, efectivamente, al estar inubicable NO se hará efectivo el embargo, pero ¡ojo! A diferencia de cualquier otro tipo de deudas, el CAE no prescribe. Puedes pedir la prescripción después de los 5 años, pero no es seguro que la acepten.
Ivan
Estimados. Tengo una deuda de crédito universitario desde el año 1997. Mi consulta es: ¿Aún pueden seguir reteniendo la devolución de impuesto con una deuda de más de 20 años?
AdiosDeudasUsuario
Lamentablemente sí, pueden seguir reteniendo tu devolución de impuestos indefinidamente. Lo sentimos.
Karina
Hola, mi pregunta es la siguiente. Si dejé de pagar porque era una deuda abusiva que simplemente no podría pagar ni en 100 años y el banco me demanda, envía orden de embargo (no me encuentra nunca porque ya no vivo allí) y la causa queda archivada pasando a tesorería nacional de la República. ¿Pueden ponerme arraigo nacional por eso? Espero me puedan ayudar.
AdiosDeudasUsuario
Hola Karina 🙂 No te preocupes, no existe arraigo nacional por deudas, no te pasará nada 🙂
Johanna
¿Se puede hacer una tercería en caso de embargo por una deuda del cae? Lo consulto ya que tengo una demanda. Me enteré por una carta de staff de abogados. La casa es de mis padres y todas las pertenencias son de ellos.
La deuda es un poco menos de 3 millones. No cuento con ese dinero para pagar. Aun no se me notifica el embargo pero estoy preocupada.
AdiosDeudasUsuario
Gracias Johanna por tu comentario. Te contamos un poco:
1. Si no has sido notificada por la demanda entonces no tienes que preocuparte. El embargo NO puede comenzar sin la notificación. Muchos estudios de abogados (NO nosotros), consigues la información de las causas y contactan a las personas para que contraten sus servicios.
2. Sobre las tercerías, sí, puedes hacer una por una deuda CAE, no te preocupes.
Te invitamos a leer los siguientes artículos donde hablamos del tema en profundidad: Tercerías, Embargo
Camila
Me gustaría saber qué puedo hacer ya que jamás me han notificado. Dejé de pagar hace años. Según la página de poder judicial mi caso está archivado desde el 2014. En mayo del 2019 se cumplen los 5 años. ¿Irá a prescribir mi deuda? ¿cómo saber?
AdiosDeudasUsuario
Hola Cami 🙂 Lamentablemente no hay como saber. Como dijimos en el artículo, la ley dice que el CAE NO prescribe, pero hay prescripcione que sí han sido aprobadas. Lo mismo que con la Ley de Quiebras. Supuestamente no se puede, pero si han aceptado quiebras por el CAE. Tú opción sería pedir la prescripción o declararte en quiebras y ver si el juez lo acepta. De ser rechazado, aún tienes la posibilidad de apelar en la Corte Suprema. Un abrazo
Andrea Rios
Necesito obtener más información ya que arrastro una deuda de más de 15 millones desde el año 2014. Nunca he pagado nada puesto que no pude terminar esa carrera. ¿Qué opciones tengo?
AdiosDeudasUsuario
Gracias Andres por tu comentario. La primera opción sería pagar, pero si es imposible podrías jugar tus cartas declarándote en quiebra o pidiendo la prescripción de la deuda. Recuerda que como explicamos en el artículo, estas opciones son posibles pero no 100% seguras. Dependerá del criterio del juez que tome tu caso.
Daniel
Buenas, ¿una vez resuelto el cae que me mantenía en dicom, vuelvo a ser sujeto a crédito?
AdiosDeudasUsuario
Hola Daniel 🙂 Sí, vuelves a ser sujeto a crédito. Las instituciones financieras NO puedes guardar tu registro histórico de deudas, no te preocupes. Si llegaran a hacerlo por favor comunícate con nosotros ya que es ilegal.
Mario Veloso
Estimados: Mi consulta es la siguiente. Hoy en casa de mis padres llegó una notificación de demanda por el CAE. Me están cobrando un monto de $1.600.000. No he sido notificado personalmente, pero ya dejaron el documento de demanda en la puerta. Mi pregunta es ¿pueden embargar las cosas de mis padre si yo ya no vivo en la casa? Quedo atento a su respuesta.
AdiosDeudasUsuario
Mario, lo primero sería ver si el receptor te dio por notificado o no. Si la respuesta es positiva, entonces sí, pueden embargar a tus padres. Te dejo un artículo donde explicamos el tema: Embargo por deuda de otra persona
Jorge C
Llevo pagando mi cae ya 4 años. He pagado hasta la fecha aprox. $2.500.000. ¿Qué pasaría si dejo de pagar mensualmente el crédito?
AdiosDeudasUsuario
Hola Jorge 🙂 Si dejas de pagar te arriesgas a que el banco te demande y luego embargue tus bienes. No es seguro que te demanden (muchas veces no lo hacen), pero podría pasar. Puedes leer más aquí:
Embargo en Chile
Cobranza Judicial y extrajudicial
cecilia
Hola, quisiera saber cuál es el costo por asesorarme en pedir la prescripción de mi CAE. Gracias
AdiosDeudasUsuario
Hola Cecilia, la asesoría no tiene costo, estamos felices de ayudarte. Si hay que iniciar acciones legales para evitar un embargo podemos acordar un precio que no te perjudique. Abrazos 🙂
Dellanira
Llevo pagando el CAE por años pero ya no tengo cómo pagar. ¿Puedo ir a la cárcel?
AdiosDeudasUsuario
Hola 🙂 En Chile no existen penas de cárcel por deudas, no te preocupes 🙂
Simon
Me llegó una demanda judicial por una cuotas atrasadas del CAE. Al día siguiente fui al banco a preguntar si se puede pagar lo que tengo atrasado y me dijeron que sí. Imprimieron los cupones con los debidos intereses y los pagué. Consulte en el banco que pasa con esta demanda y me dijeron que el mismo banco internamente elimina la demanda y que se demora de 30 a 45 días. ¿Es real eso?
AdiosDeudasUsuario
Hola Simón 🙂 Sí, es verdad, no te preocupes.
Roxana
Si estoy en DICOM por el CAE, ¿qué debo hacer para que ésta deuda prescriba?
AdiosDeudasUsuario
Hola Roxana 🙂 Lo primero sería ver si estás en DICOM. Aquí explicamos cómo hacerlo:
¿Cómo saber mi DICOM gratis?
Si quieres que prescriba primero debes esperar los 5 años sin ser demandada. De ser así (que ya se cumplió el plazo) debes solicitar la prescripción con tu abogado, pero ¡ojo! recuerda que esta deuda es diferente (lo explicamos en el artículo) y no te pueden asegurar que prescriba.
Ester
¿Después de cuanto tiempo sin pagar el CAE el banco puede demandar y existir algún tipo de embargo?
AdiosDeudasUsuario
Ester, puede hacerlo inmediatamente, meses después, años después o nunca demandarte. Dependerá del banco. Generalmente las demandas comienza a los 3 meses. Puedes leer más sobre este tema aquí > Cobranza Judicial
Tamara
Hola, quisiera saber como puedo pedir la prescripción de la deuda. ¿Qué se debe hacer? ¿es a través de un abogado?
AdiosDeudasUsuario
Tamara, puedes pedirla pero NADIE (ni nosotros) te podemos asegurar que lo vayas a conseguir. Sobre tu segunda pregunta, sí, se hace a través de un abogado. Abrazo
EDWAR GUSTAVO TOLEDO NUNEZ
A mi nunca me notificaron del crédito y ahora tengo la intención de pagar, pero leí sobre la prescripción y en mi caso ya han pasado 7 años. Nunca me han demandado ni nada. ¿Qué puedo hacer en ese caso?
AdiosDeudasUsuario
Hola 🙂 Puedes pedir la prescripción y lo más probable es que resulte. Los últimos fallos en esta materia han sido positivos.
Pilar
Hola, no vivo en Chile hace 2 años, si no pago el CAE, ¿le pueden embargar la casa a mis padres? No tengo nada a mi nombre en Chile.
AdiosDeudasUsuario
Hola Pili 🙂 La propiedad en si no la pueden embargar así que no te preocupes. Las cosas que hay dentro de las casas podrían embargarlas, pero existe la posibilidad de que tus padres expliquen que no vives ahí y que las cosas son suyas (deben explicárselo directo al receptor judicial). Si eso no funciona entonces deben presentar una tercería. Tranquila que hay solución.
Ojo, los casos anteriores ocurrirán sólo si te demandan por la deuda CAE. Si no te demandan no pasará nada, no embargarán a nadie.
Carol
Terminé la Universidad en 2014. A principios de 2016 presenté certificado de cesantía y luego he estado viviendo en el extranjero hasta la fecha. No he presentado nada en el periodo. Quiero viajar a Chile en 2019 y me acordé del CAE. Al llegar a Chile ¿me cobrarán? ¿Podré salir del país?
AdiosDeudasUsuario
Carol, podrás entrar y salir del país sin problema. En Chile NO existe arraigo por deudas, así que tranquila por ese punto. Sobre el cobro, no te cobrarán cuando entres a Chile, no funciona así, tranquila.
Hector
Hola, mi deuda del cae es $1.600.000 la cual es del año 2007. El tema es que me retienen mi devolución de impuesto la cual sumando ya se debería haber reducido mas de la mitad, pero esta no baja. ¿qué puedo hacer en este caso?
AdiosDeudasUsuario
Hola Héctor 🙂 Si tu deuda es del 2007, entonces podrías pedir la prescripción de la deuda CAE, pero ojo, tal como explicamos en el artículo puede ser rechazada. Es un riesgo que debes asumir. Si la rechazan te seguirán cobrando y reteniendo los impuestos, pero si la aprueba no deberás pagar nada más.
Teresa
Hola, nunca he pagado el CAE, solo se han pagado las cuotas por la retención de impuestos, ahora puedo comenzar a pagar. Mi duda es ¿puedo pedir una repactación de lo que se debe para poder seguir pagando las cuotas mensuales?
AdiosDeudasUsuario
Hola Tere 🙂 Sí puedes repactar el CAE, pero ojo con las condiciones que te ponen al repactar. En muchos casos terminas pagando el doble ya que las condiciones las ponen ellos, no tú. Abrazo
Daniel
Hola, me acaban de notificar que estoy demandado por la deuda del CAE. Mi duda es si es que mis otros bienes muebles como vehículos, están en “peligro” de embargo. ¿Hay alguna posibilidad de que sean embargados?
AdiosDeudasUsuario
Hola Dani 🙂 Sí, lamentablemente si estás demandado por CAE te arriesgas a todas las sanciones de una demanda por deudas (el embargo y retiro de tus bienes).
Stanley Ortiz
Hola, el 31 de agosto se supone que me demandaron por no pago del cae (aún no llega nada a mi domicilio sobre el tema), ¿qué puedo hacer?
AdiosDeudasUsuario
Por ahora sólo esperar a que te notifiquen, ya que es en ese momento en el que empiezan a correr los plazos para defenderte. No si no has sido notificado o si no te encuentran para notificarte, tranquilo, ya que no podrán hacer nada.