En nuestro artículo de embargo vimos en profundidad cómo era el proceso, cuántos días ocurre desde que dejo de pagar y cuáles son las alternativas reales para frenar un embargo, pero ¿me pueden embargar bienes que superen el monto de la deuda?
Aquí la respuesta es simple: no, no se puede.
El embargo debe ser por ley proporcional al monto de la deuda.
Si yo por ejemplo debo $500.000 a una casa comercial, no pueden embargarme bienes por un monto más alto. No podrían en ese caso embargarme una propiedad o un auto que tenga un valor mayor al que debo.
Ahora bien, hay 2 puntos a considerar.
- A medida que pasa el tiempo, la deuda puede crecer, ya sea por reajustes, por intereses o por multas relacionadas al no pago. Todo esos puntos hacen crecer el valor de la deuda y por lo tanto a la hora de embargar te pueden quitar más cosas de las que pensabas.
- Otro punto es que la empresa que demanda y que por lo tanto provoca el embargo, debe incurrir en una serie de gastos legales, y estos gastos se le cobran al deudor a través de los bienes retirados y rematados durante el embargo.
Ahora bien, estos montos pueden aumentar algo la deuda pero no pueden ser excesivos y si lo son, se puede solicitar una reducción del embargo.
Recuerden, el embargo es proporcional a la deuda, y aunque crezca un poco por lo puntos que mencionamos, no perderán su departamento o vehículo por una deuda que no sea proporcional.