Embargo de bienes cuyo valor excede la deuda – ¿Qué ocurre en ese caso?

Embargo de bienes cuyo valor excede la deuda

En nuestro artículo de embargo vimos en profundidad cómo era el proceso, cuántos días ocurre desde que dejo de pagar y cuáles son las alternativas reales para frenar un embargo, pero ¿me pueden embargar bienes que superen el monto de la deuda?

Aquí la respuesta es simple: no, no se puede.

El embargo debe ser por ley proporcional al monto de la deuda.

Si yo por ejemplo debo $500.000 a una casa comercial, no pueden embargarme bienes por un monto más alto. No podrían en ese caso embargarme una propiedad o un auto que tenga un valor mayor al que debo.

Ahora bien, hay 2 puntos a considerar.

  • A medida que pasa el tiempo, la deuda puede crecer, ya sea por reajustes, por intereses o por multas relacionadas al no pago. Todo esos puntos hacen crecer el valor de la deuda y por lo tanto a la hora de embargar te pueden quitar más cosas de las que pensabas.
  • Otro punto es que la empresa que demanda y que por lo tanto provoca el embargo, debe incurrir en una serie de gastos legales, y estos gastos se le cobran al deudor a través de los bienes retirados y rematados durante el embargo.

Ahora bien, estos montos pueden aumentar algo la deuda pero no pueden ser excesivos y si lo son, se puede solicitar una reducción del embargo.

Recuerden, el embargo es proporcional a la deuda, y aunque crezca un poco por lo puntos que mencionamos, no perderán su departamento o vehículo por una deuda que no sea proporcional.

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