Bienes inembargables y embargables en Chile

Bienes embargables e inembargables en Chile

¿Qué cosas puedo perder con un embargo? ¿Es verdad que puedo perder mi casa, mi ropa y hasta incluso los muebles de mi vivienda? La Ley en Chile es clara y NO TODOS los bienes son embargables. No se preocupen que aquí les explicaremos de la forma más sencilla posible qué cosas están protegidas y por ningún motivo pueden quitarte.

¿Qué bienes son inembargables?

En general los bienes que no se pueden embargar tienen una característica en común: son fundamentales para el bien vivir del deudor (bienes de primera necesidad).

El lecho del deudor

“No pueden embargar el lecho (la cama) del deudor, el de su cónyuge (su esposa) y los de los hijos que viven con él y a sus expensas (que vive y dependen del deudor)”.

La cama es una necesidad básica para el bien vivir de las personas, y la Ley prohíbe el embargo de éste bien, y protege también el de tu señora y el de tus hijos.

Ropa y vestimenta

“No se puede embargar la ropa necesaria para el abrigo del deudor, de su esposa y también de sus hijos”

No te pueden quitar tu ropa ya que es un bien necesario para el buen vivir de la persona adeudada. Aquí cabe todo tipo de ropa, desde tu vestimenta de trabajo, hasta alguna más exclusiva como ternos o trajes.

Se incluyen también las carteras y zapatos como bienes inembargables.

Dormitorio, Cocina y comedor

“No se puede embargar los muebles de dormitorio, de comedor y de cocina de uso familiar”

Para la Ley los muebles que se encuentren en tu dormitorio (cama, velador, cajones, etcétera), los que estén en el comedor (mesa de comedor y sillas) y los muebles de cocina, son considerados bienes de primera necesidad y por lo tanto no se pueden embargar.

Aquí nos referimos solo a los muebles, no a los equipos electrónicos, que en su mayoría si son embargables.

La cocina

“No se puede embargar el horno de cocina o el lugar donde se preparan los alimentos”

La cocina es considerada como un bien fundamental para todas las personas y por lo tanto no puede ser embargada. La cocina es de primera necesidad y fundamental para desarrollar tu vida de forma normal.

Comida y combustible

“No te pueden embargar los artículos de alimento y combustible que existan en poder del deudor, hasta concurrencia de lo necesario para el consumo de la familia durante un mes.”

La bencina de tu auto, la parafina para tu estufa o la comida que tengas en tu casa y que sea para aproximadamente un mes de duración, no se puede embargar.

Utensilios caseros y de cocina

“No te pueden embargar los utensilios de cocina y utensilios caseros”

No te pueden quitar los cubiertos, manteles, frascos, cucharones, platos, etcétera.

Tampoco pueden embargarte los pequeños adornos que se encuentren en tu casa (utensilios caseros).

Material de estudio y de trabajo

“No se pueden embargar los libros relativos a la profesión del deudor hasta el valor de cincuenta unidades tributarias mensuales y a elección del mismo deudor”

La Ley quiere que las personas trabajen y busquen medios para subsistir. Considerando lo anterior, los libros de su profesión pueden ayudarlo por ejemplo a perfeccionarse en una materia o enseñar la misma y por lo tanto no se pueden embargar.

Ahora bien, si los libros superan las 50 UTM (más de 2 millones de pesos aproximadamente), entonces sí se podrán llevar lo que esté sobre ese valor, pero el deudor decidirá qué.

Herramientas de los músicos y artesanos

“No se pueden embargar los objetos indispensables al ejercicio personal del arte u oficio de los artistas, artesanos y obreros de fábrica”

Como ya dijimos la Ley busca protegerte y que puedas desarrollarte. Si eres un músico, artista o artesano y te quitan tus herramientas de trabajo, entonces no podrás desarrollarte profesionalmente. Estos objetos son inembargables.

Herramientas del trabajador

“No se pueden embargar los utensilios del artesano o trabajador del campo, necesarios para su trabajo individual”

Imaginemos una persona que vive con su familia en el sur de Chile. Esta persona trabaja, pero a la vez cosecha sus papas, legumbres y algunas frutas. Bien, a esta persona no le pueden quitar sus herramientas de trabajo.

Material para enseñar

“No te pueden embargar las máquinas e instrumentos de que se sirve el deudor para la enseñanza de alguna ciencia o arte hasta dicho valor y sujetos a la misma elección”

Aquí no solo caben los libros y textos con los que se pueda enseñar, si no también cualquier elemento que el deudor utilice para enseñar.

Imaginemos tengo una máquina para estampar poleras y realizo cursos sobre este tema. Si es así, entonces no pueden embargarme este objeto.

Lo mismo por ejemplo con una máquina de cocer o utensilios de cocina que se usen para enseñar del tema.

Uniformes militares

“No te pueden embargar los uniformes y equipos de los militares, según su arma y grado”

En esta categoría entran todas las Fuerzas Armadas de Chile y también la policía (carabineros y PDI).

¿Qué bienes son embargables?

Los bienes que sí se pueden embargar son superfluos, no afectan el día a día de la persona que están endeudada y no son fundamentales para el bien vivir del deudor (no son bienes de primera necesidad).

Sueldo o remuneraciones

El sueldo es inembargable, excepto si tienes deudas por pensión alimenticia. Este es el único caso donde podrían embargar tu sueldo.

Vehículos

Autos y motos si pueden ser embargados. Por supuesto que todo dependerá del monto de la deuda, pero es un bien que te pueden quitar.

Atento que aquí no importa si usas tu auto para trabajar (taxi, transporte o UBER), aún así son embargables.

Propiedades

Nuevamente depende del monto de la deuda, pero cualquier departamento, casa o bien raíz que sirva para saldar lo que debes puede ser embargado y por lo tanto rematado.

El living de tu casa

Todo lo que sean muebles de tu living (sillones y mesas) sí puede ser embargado.

Al no ser considerados como artículos esenciales para las personas, sí te los pueden quitar y rematar.

Electrodomésticos y tecnología

Son embargables el refrigerador, microondas, lavadora, secadora, lava vajillas, etcétera.

En esta categoría entran también los televisores, las consolas de videosjuegos, los tables y cualquier otro tipo de teconología

Celular

Generalmente no lo hacen, pero la ley sí lo permite. Un deudor puede perder su o sus celulares en un embargo.

Joyas

Sí te pueden embargar y rematar tus joyas. Este es uno de los principales bienes a la hora de ser embargados, principalmente por el precio que tienen.

Aquí se incluyen también los relojes.

Cuenta Corriente

Sí te pueden embargar la cuenta corriente. Cuando hay una demanda, el juez podría pedir que te congelen el dinero de tus cuentas y lo utilicen luego para pagar lo que debes.

Es una posibilidad tan real como que te quiten los bienes materiales.

70 thoughts on “Bienes inembargables y embargables en Chile

  1. vivo en el sur, pueden embargar la estufa a pellet aunque sea de la dueña de la casa que arriendo

  2. ¿Cuánto tiempo debo esperar para volver a comprar (lavadora y refrigerador)? ¿Me los pueden volver a embargar?

    1. Puedes comprar inmediatamente. La Ley dice que si los bienes no cubren el monto pueden volver a embargarte, pero en la práctica NO lo hacen. Es muy improbable que lo hagan, así que no te preocupes. 🙂

    1. Hola Adolfo 🙂 La Ley dice que pueden volver, pero en la práctica nunca lo hacen. Es muy improbable así que no te preocupes 🙂

    1. Hola Sonia 🙂 Sí, pueden embargar la patente comercial si la deuda es de una empresa.

    1. Sí, lo embargan igual y después del remate del auto, si queda plata a tu favor te la devolverán. Un abrazo

  3. Hola, consulta ¿en cuánto al embargo del sueldo que supere las 56 UF, es sobre el sueldo liquido o bruto?

    1. Hola Felipe 🙂 Sí, son bienes embargables pero es poco probable que se los lleven (excepto que sean de un valor muy alto)

  4. Hola, mi consulta es, si ya anotaron algunos bienes para embargo, cuando los rematan, ¿se cierra la causa en contra mío y todo queda hasta ahí?

    1. Si queda saldada la deuda, entonces sí, se cierra la causa. Si no queda saldada podrían volver a embargarte por la misma deuda, pero ojo, es muy improbable que lo hagan.

    1. Hola María José 🙂 Sí, lamentablemente podrían embargarte tu perro de raza 🙁

    1. Hola Carla 🙂 Sí, las estufas son embargables ya que no son un bien de primera necesidad. Saludos 🙂

  5. Consulta ¿se puede realizar un traspaso de los bienes a terceras personas si ya fuimos notificados por el receptor judicial del embargo, pero todavía no anotan los bienes?

    1. Sí, se puede, pero quedará luego a criterio del juez si acepta ese traspaso. El juez podría decir que se traspasaron fuera de plazo y que los embarguen y rematen. Un saludo

    1. Sí, lamentablemente podrían embargarte un departamento de viviendo social. Lo lamentamos 🙁

  6. Hola ¿Pueden embargar otra casa y talleres de muebleria, que se encuentran en el mismo terreno, pero con arriendos distintos?

  7. Si tengo deudas y me cambié de domicilio ¿me pueden embargar? Quiero comprar un auto ¿me lo pueden quitar?

    Gracias

    1. Andrea, si tu acreedor descubre tu nuevo domicilio, entonces sí, te pueden embargar. Sobre tu segunda pregunta, sí puedes comprarte un auto, pero sí, te lo pueden quitar (embargar).

  8. Tengo una pregunta la receptora tomo nota de los bienes y dejó una hojas dónde está está escrito el monto de 5,5 millones y que si no cancela procederán al embargo. La deuda es de mi padre y están llamado a hablar con el abogado que tiene el caso ¿se puede llegar a aún acuerdo de pago en cuotas de la deuda para evitar el embargo?

    1. Se podría pero depende del abogado y de la empresa a la que le debes. No es 100% seguro que quieran llegar a un acuerdo

  9. Si al momento de que venga el liquidador para ver lo que es embargable tengo la boleta para comprobar que hay artículos dentro de la casa que no me pertenecen ya que son de mis padres o mis suegros ¿me los pueden embargar igual?

    1. Pame esto queda a criterio del receptor judicial, pero son comprensivos y es muy probable que si le muestras las boletas no anote esos bienes 🙂

  10. Hola, tengo deudas de créditos de consumo impagas y vivo en casa de un familiar. Entiendo que pueden embargar los bienes de la propiedad pero pueden ¿también rematar la casa?

  11. Considerando las camas como bienes inembargables, ¿los respaldos de las mismas también se consideran inembargables?

  12. Hola, tengo una moto, está a mi nombre. Vivo con mi madre que en este momento será embargada por una deuda millonaria. ¿me pueden embargar la moto si la deuda no es mía?

  13. En un embargo por deuda de pensión alimenticia de parte de los abuelos, ¿son embargables los adornos como jarrones, alfombras, cuadros, cristales, figuras decorativas, etcétera que hay en un living?

  14. Hola buenos días ¿por qué un refrigerador y lavadora son embargables si son necesidad de un hogar?

    1. Monseratt, se pueden embargar ya que una persona puede vivir sin refrigerador o lavadora, no así sin ropa o lecho para dormir. Saludos

      1. Hola una consulta, si la deuda es por un crédito en un banco y yo estoy pagando un dividendo a otra entidad financiera ¿me pueden quitar la casa? y si es asá ¿qué pasa con lo que estoy pagando o sea el dividendo?

        1. Rodrigo, sí pueden y lo que harán es pagar tu deuda con el banco a través de lo que se sacó del remate de la casa. Saludos 🙂

  15. Si arriendo una propiedad en la que tengo un minimarket funcionando yme embargan, ¿se pueden llevar la maquinaria de este negocio?

    1. Hola Evelyn 🙂 Si el minimarket está a nombre tuyo (y tú tienes la deuda), entonces sí, lo podrán embargar. Saludos

  16. CONSULTA; Por deuda impaga de mi hermano (cerca de $8.000.000 pesos) el cual esta domiciliado para efectos judiciales en casa de mis padres ( propietario del inmueble es mi padre); ¿podrían eventualmente embargar la propiedad; y también el automóvil que ahí existe? (el propietario del automóvil es mi padre ¿Al momento del Embargo se pueden exceptuar estos bienes justificando que esos bienes son de propiedad del Padre?

  17. Hola. Mi consulta es la siguiente: ¿Es posible realizar un embargo que afecte a la “Compra venta de Derechos sobre un bien raíz”? Muchas gracias.

    1. Hola Christian 🙂 Sí, es posible pero poco probable, ya que los derechos sobre un bien raíz generalmente son de poco valor. ¡Saludos!

    1. Hola Karen 🙂 Es muy improbable que el tribunal autorice algo así, pero no es imposible. En su mayoría, los embargos van asociados al monto de la deuda 🙂

  18. En un embargo por no pago de arriendo de propiedad, ¿el dueño de la propiedad puede quedarse con todos los bienes que tengo en dicha propiedad arrendada? Según este articulo no puede. Ahora otra consulta: ¿puede solicitarme las llaves de su propiedad y quedarse con todo lo que allí hay que es de mi propiedad? El dueño del departamento tiene como garantía un mes de arriendo y una letra notarial por un monto superior a $2.000.000.

    1. Mónica, la orden de embargo la ejecuta el tribunal, no el dueño de la propiedad, así que no debes preocuparte. No se puede quedar con tus cosas.

      1. De acuerdo a lo que él mencionó esta tramitando la orden de desalojo y embargo. me llegó un escrito al domicilio que fue entregado en forma tardía por tanto cuanto no asistí a la citación allí indicada que era con fecha 5 de Mayo de 2017 por tanto él solicitó a su abogado que continuara los trámites para el desalojo y embargo y me informo que no puedo llevarme nada solo lo puesto. Lo cual de acuerdo a lo que he leído en esta página dicha acción no procede ¿Que hago en este caso ? me encuentro muy abrumada porque recibo amenazas desalojo todos los días por correo electrónico y no me permite sacar los bienes no embargables. A quien puedo acudir para solicitar ayuda en esta situación.

  19. Hola, ¿qué sucede si el deudor no vive en el país ni tampoco hay bienes asociados a él? (Todos los domicilios fueron vendidos con anterioridad) ¡gracias!

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *